Miércoles 01 de Mayo de 2024

La Defensoría del Pueblo marcó postura contra las modificaciones a Ley de Salud Mental

Desde la oficina pilarense se sumaron a las consideraciones llevadas a cabo por APDRA. Aseguran que, si los cambios que plantea la Ley Ómnibus se llevan adelante, será un “retroceso en la materia de derechos humanos”.


  • Miércoles 24 de Enero de 2024
Ley Salud Mental

A la espera del tratamiento de la Ley Ómnibus presentada por el gobierno de Javier Milei en el Congreso de la Nación, continúan llegando rechazos a muchos de los puntos que implica esta amplia iniciativa.

En este caso, quien marcó postura frente a las modificaciones que se pretenden llevar a cabo sobre la Ley Nacional de Salud Mental fue la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina (APDRA), de la cual participa la Defensoría de Pilar a cargo de Adrián Maciel.

A través de un comunicado, APDRA indicó que los cambios propuestos por el Ejecutivo nacional “vulneraría de modo flagrante dicha norma”. Asimismo, la asociación señaló que “la ley de Salud Mental actual fue aprobada con amplio consenso y sustituyó la perspectiva ‘manicomial y tutelar’ por un modelo de atención en salud mental basado en la inclusión social y la intervención comunitaria, con eje en la integración en la atención primaria y hospitales generales, el desarrollo de la red de servicios comunitarios, la participación social, la coordinación intersectorial”.

Según manifestaron, “este enfoque se integra de manera efectiva en el sistema de atención pública de la salud, adoptando un abordaje integral desde la perspectiva de los derechos humanos que está en consonancia con los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino”.

Por su parte, desde la Defensoría del Pueblo de Pilar, plantearon que las modificaciones propuestas se consideran como “un retroceso en materia de derechos humanos”. Y explicaron que estos se ven reflejados en: “Habilita a los jueces a decidir las internaciones sin el requisito de la evaluación de un equipo interdisciplinario, ampliando los mecanismos, más allá de la existencia de riesgo cierto e inminente, transformando la internación en un mero acto jurídico y no clínico- sanitario”.

También al “facultar al abogado del Art. 22 de la ley de Salud Mental vigente a oponerse a la externación de su patrocinado y a proponer la medida terapéutica que considere más adecuada, lo cual desnaturaliza el derecho a una defensa técnica permitiendo la subrogación de la voluntad de su representado”.

Otro punto es la “autorización a la apertura de establecimientos monovalentes, neuropsiquiátricos, clínicas y comunidades terapéuticas”, y la “modificación de la composición del Órgano de Revisión prescindiendo de los organismos representativos del Estado, de los organismos de DDHH y de las asociaciones de usuarios y familiares, reemplazándolos por un equipo multidisciplinario integrado por distintos especialistas y técnicos”.

Desde el distrito, aseguraron que “por todo lo expuesto, la Asociación de Defensores del Pueblo de la República Argentina considera que la Ley de Salud Mental debe ser implementada”.

Finalmente, es para destacar que ADPRA entiende que “resulta sustancial atender como sociedad, la importancia de la plena implementación de la ley, para lo cual se requiere: un aumento de la asignación presupuestaria al sistema integral de salud, apostar a la creación de dispositivos para tratamientos ambulatorios, optimizar la atención en hospitales y clínicas generales, fortalecer las capacitaciones. En definitiva, mejorar las condiciones de tratamientos y abordajes en el marco de los estándares internacionales, tanto en el sector público como en el privado”.

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