El 17 de diciembre el Concejo Deliberante de Pilar aprobó la ordenanza que prohíbe el uso y la comercialización de la pirotecnia sonora en el distrito. La iniciativa fue debido al daño que causan los estruendos en adultos, jóvenes y niños con TGD y TEA, en ex combatientes y mascotas.
La ordenanza prohíbe la comercialización y uso de aquellos elementos que son perjudiciales para la salud y superan los 84 decibeles, como petardos, fuente, fogueta, mortero, mortero con bomba, caña voladora con paracaídas.
Por el incumplimiento las multas serían “equivalentes a 100 salarios mínimos municipales” a lo que se suma el decomiso de los elementos y clausura del local por un término de 5 a 10 días. Con un salario municipal mínimo de 24.187 pesos, las multas podrían llegar a más de 2,4 millones de pesos.
A través de un comunicado de prensa, la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales (CAEFA) informó: “en relación a las notas publicadas recientemente en medios de Pilar y aledaños, que la ordenanza aprobada el jueves 17 de diciembre en Pilar restringe sólo productos de pirotecnia de alto impacto sonoro y específica cuáles son los productos restringidos”.
Así la CAEFA detalló que están prohibidos: petardo con peso del producto individual igual o mayor a 20 gramos; fuente con peso igual o superior a 12 gramos; fogueta; mortero con un diámetro mayor a 2 pulgadas; mortero con bomba; caña voladora con paracaídas; globos aerostáticos (pese a no ser específicamente pirotecnia).
“El resto de los productos legales aprobados por ANMAC no tienen ninguna restricción en Pilar”, añadieron.
Además, explicaron que han lanzado la Campaña Nacional Fuegos Artificiales Amigables con la consigna “Chau 2020, bienvenido 2021, celebremos todos con fuegos artificiales”. “Los miles de comercios, empresas y 60.000 personas que trabajan en todo el país gracias a esta industria darán consejos sobre el uso responsable de los productos y alentarán la elección de los de bajo impacto sonoro y más luces y colores”, detallaron.
CAEFA, por último, recordó que sólo deben adquirirse productos pirotécnicos autorizados por la ANMAC, deben comprarse siempre en comercios y locales habilitados, así como también ser adquiridos y manipulados por adultos.
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