Sábado 27 de Abril de 2024
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La justicia denegó a la termoeléctrica SCC Energy la renovación de la habilitación provisoria

La habilitación concluye mañana. La empresa pidió extenderla por seis meses y añadir el funcionamiento de una turbina más. El juez federal Adrián González Charvay no hizo lugar al pedido de la termoeléctrica.


  • Jueves 29 de Junio de 2023
Termoeléctrica

Finalmente, en el día de hoy, la Justicia decidió que no habilitará a la Central Matheu III, ubicada en Villa Rosa, a continuar funcionando. La empresa, que tenía una habilitación provisoria que le permitía funcionar de 8 a 21 con dos turbinas desde enero de este año, había solicitado al juez federal de Campana, Adrián González Charvay, que ésta fuese renovada por el plazo de seis meses.

SCC Energy (ex Araucaria S.A) además había solicitado que se permitiera el funcionamiento de una turbina más, es decir, que no solo se extendiera la medida provisoria de habilitación, sino que, en vez de dos, fuesen tres las turbinas que estuviesen funcionando.

El pedido de la termoeléctrica encendió las alarmas de vecinos y organizaciones ambientales, que rápidamente realizaron una presentación para evitar que esta renovación sea una posibilidad. La Municipalidad incluso, como informó Resumen, emitió una contundente respuesta asegurando que la compañía –que asegura no había generado ruidos molestos– había incumplido las normas funcionando en horarios fuera de la franja establecida por la justicia y había generado ruidos molestos.

Hace instantes Diario Resumen recibió la respuesta de González Charvay sobre el pedido, que está vigente hasta mañana. En el documento, se deja claro que no se hará lugar al pedido de la compañía.

El juez tuvo entre sus consideraciones la respuesta municipal en donde se aclara que “no es cierta la afirmación realizada por la empresa SSC POWER S.A. respecto a que no ha producido ruidos molestos durante su funcionamiento, ya que como surge de las actas adjuntas en más de una oportunidad ha superado los decibeles permitidos por la normativa vigente” y que la empresa “superó” las restricciones de horarios “poniendo por encima del interés público su propio interés económico”. Por otro lado, destacó el juez que la situación de emergencia no puede ser “utilizada como una prórroga indefinida”.

“Se concluye que al día de la fecha la Central Matheu III operada por SSC Power Argentina S.A. no cuenta con los permisos y autorizaciones pertinentes por parte de los organismos que correspondan para el funcionamiento de la misma, en cualquiera de sus modalidades”, concluye.

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