Viernes 26 de Abril de 2024
Con un amparo

Estudiantes de la Austral lograron que la Justicia exija la instalación de desfibriladores en lugares públicos

La presentación la hicieron alumnos de abogacía. Con el fallo favorable se exige al Poder Ejecutivo reglamentar la Ley sobre Muerte Súbita, que establece, entre otros aspectos, la instalación de desfibriladores automáticos en lugares públicos y privados de acceso público.


  • Miércoles 24 de Noviembre de 2021
clinica juridica austral
La ley fue aprobada en 2015, pero no se reglamentó. La Justicia, ahora, estableció 30 días para hacerla operativa.

Los alumnos de abogacía de la Universidad Austral interpusieron una acción de amparo promovida por la Sociedad Argentina de Cardiología (SAC) y el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos, para exigir al Gobierno que reglamente la ley de Muerte Súbita (N° 27.159), y establezca en qué lugares públicos o privados de acceso público, y en qué condiciones, deben instalarse desfibriladores automáticos.

En primera instancia el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°12 dio lugar al amparo en primera instancia, y estableció un plazo de 30 días para hacer operativa la ley.

La demanda se hizo en el marco de la Clínica Jurídica que lleva adelante la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, donde los alumnos de grado realizan prácticas profesionales: litigan en casos reales, tanto en beneficio de personas en situación de vulnerabilidad como en temas de interés público, con la guía y patrocinio letrado de abogados en ejercicio.

Los profesores Julio Pablo Comadira y Juan Bautista Etcheverry, quienes dirigen la Clínica Jurídica, coincidieron en la importancia de este fallo: “Estamos convencidos de que con este camino iniciado se van a salvar muchas vidas. Y no es un decir. Se evitarán numerosas muertes súbitas y se salvarán a personas que tengan paros cardíacos en lugares públicos o de acceso público” explicaron.

Marco D’Angelo, abogado graduado de la Universidad Austral, fue el estudiante que propuso a sus entonces compañeros trabajar sobre la ley luego de dialogar con un cardiólogo que le explicó de la necesidad que existía para que esta se reglamente.

“En la Clínica Jurídica Austral está la idea de impactar para bien y generar valor. Con el apoyo de la SAC logramos preparar un amparo robusto, pero fue gracias al gran acompañamiento de nuestros profesores que nos decidimos a litigar contra el Ejecutivo, con todo el proceso y preparación que ello implica. Hoy tenemos la satisfacción de que el trabajo que comenzamos hace unos años en la Clínica Jurídica, y están concretando mis colegas, tenga un fallo a favor y pueda salvar miles de vidas”, planteó

La muerte súbita representa la mitad de las muertes cardiovasculares y el 25% del total de las muertes en adultos. Frente a una muerte súbita, la persona afectada se desploma, pierde la conciencia, deja de responder, de respirar normalmente y pierde el pulso. La muerte cerebral y la muerte clínica comienzan a ocurrir entre 4 y 6 minutos después de un paro cardíaco, por lo que es importante actuar de inmediato.

Además, el 70% de los paros cardíacos ocurren fuera del hospital. Por esto, la comunidad se transforma en la primera encargada de atender un episodio de muerte súbita, antes de la llegada de la ambulancia.

Las recomendaciones internacionales proponen la colocación de desfibriladores automáticos para uso de personal no médico en lugares estratégicos como podrían ser centros deportivos, aeropuertos, estaciones de tren y subterráneos, complejos de oficinas, centros sanitarios y/o comerciales, entre otros. La Ley 27.159 sobre “Muerte Súbita. Sistema de Prevención integral” -que fue sancionada por unanimidad el 1° de julio de 2015- dispone el establecimiento de una “Autoridad de Aplicación” quien determinará qué espacios públicos y privados de acceso público quedarán obligados por esta ley, según su volumen de tránsito y permanencia de personas.

El Poder Ejecutivo nacional está obligado a reglamentar la Ley N° 27159, que lleva promulgada más de seis años. Por cada día en que esta ley no se reglamenta y, por ende, no resulta operativa, ocurren muertes que podrían ser evitadas. Así afecta los más básicos derechos fundamentales: la vida y la salud. La sentencia condena al Poder Ejecutivo nacional a que, en el plazo de 30 días reglamente la ley.

Esta es la segunda sentencia favorable a los alumnos de la carrera de Abogacía de la Universidad Austral en menos de un mes. A fines de octubre, la Corte Suprema avaló otra presentación de los alumnos que exige la reglamentación de la Ley de Contrato de Trabajo, en su artículo 179, sobre la instalación de guarderías en empresas.

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