Tras más de seis años de disputas judiciales, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) tendrá que reglamentar la instalación y el uso de guarderías y salas maternales para cuidar a hijos e hijas de los trabajadores. La sentencia busca poner en práctica parte de un artículo de la Ley de Contrato de Trabajo, sancionada en 1974, pero que recién 47 años más tarde será reglamentada gracias a la presentación de un grupo de alumnos de abogacía de la Clínica Jurídica de la Universidad Austral.
Es la primera vez en la historia que la Corte Suprema de Justicia sanciona al Poder Ejecutivo por una omisión reglamentaria. Ahora, la reglamentación deberá fijar el número mínimo de trabajadores necesarios para que los establecimientos estén obligados a habilitar esos espacios.
Los alumnos que iniciaron el amparo forman parte de un programa en el que asesoran de manera gratuita a personas sin recursos. En contacto con La Nación, los profesores Julio Pablo Comadira y Juan Bautista Etcheverry, quienes coordinan la Clínica Jurídica, explicaron: “Así, los alumnos trabajan sobre casos reales. Esto les permite brindar un servicio directo a la comunidad, al tiempo que los capacita en habilidades profesionales prácticas y los forma en valores como el servicio y la solidaridad”.
Por su parte, el fallo de la Corte Suprema señala que la falta de reglamentación de la norma impide el ejercicio de un derecho concreto de los trabajadores de acceder a un servicio de cuidado familiar de apoyo en sus tareas. Se configura entonces una omisión de autoridad pública, frente a un claro mandato legislativo que exige la reglamentación y que “ha sido desoído por un tiempo irrazonable”.
En 2015, ante la falta de reglamentación de ese artículo de la ley y, por lo tanto, el no reconocimiento del derecho de trabajadoras y trabajadores a tener una guardería, los alumnos de la Universidad Austral redactaron una acción de amparo contra el Poder Ejecutivo Nacional. Los actores en la demanda fueron el Centro Latinoamericano de Derechos Humanos (CLADH) y el profesor Etcheverry, que solicitaron que se proceda a la reglamentación.
Luego de una discusión sobre la competencia del caso, la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió que el expediente quedara en ese ámbito. En primera instancia el amparo fue rechazado, porque se argumentó que “no se acreditaba el carácter de urgente”.
Ante esta decisión, los alumnos apelaron la sentencia. Finalmente, el 14 de febrero de 2017 la Cámara falló a favor de la presentación de los estudiantes de la Clínica Jurídica Austral y condenó al PEN a reglamentar el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo. Pero el 10 de marzo de ese año, el Poder Ejecutivo presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
Apenas unos días más tarde, los alumnos contestaron el recurso extraordinario, y hoy culminó el proceso en el que trabajaron varias camadas de estudiantes cuando la Corte Suprema de Justicia le dio la razón a la Clínica Jurídica Austral en una decisión unánime.
“Desde lo jurídico, la decisión representa el primer caso de declaración de inconstitucionalidad por omisión de reglamentación del Poder Ejecutivo a una ley del Congreso. Desde lo social, tendrá un fuerte impacto en materia de políticas públicas e igualdad de derechos de las mujeres trabajadoras al facilitarles su acceso al trabajo combinado con el cuidado de sus hijos e hijas, así como el reconocimiento de que los trabajadores varones también merecen la prestación de guarderías; implica también un gran avance en el derecho de niños y niñas, que podrán ahora estar cerca de sus padres”, señalaron desde la Universidad Austral en un comunicado.
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