Martes 12 de Agosto de 2025

Condenan a dos empresas por la muerte de un adolescente ahogado en un country de Manzanares

La Cámara Civil confirmó que dos empresas vinculadas a Lago de Manzanares deberán indemnizar a la familia de Cristian Ravena, un adolescente que murió ahogado en 2010 por un sistema hidráulico oculto en el lago del country, al considerar que hubo graves fallas en las medidas de seguridad y prevención.


  • Martes 12 de Agosto de 2025
Ahogado country Manzanares

Quince años después de la tragedia que le costó la vida a Cristian Ravena, un adolescente de 16 años, la Justicia confirmó que dos empresas vinculadas a la administración y propiedad del barrio privado Lago de Manzanares, en Pilar, deberán indemnizar a su familia por graves falencias en la seguridad del lugar. El joven falleció el 6 de febrero de 2010 mientras nadaba en el arroyo que nutre el lago del country, en una jornada de pesca y camping junto a cuatro amigos.

Según la causa judicial, los adolescentes ingresaron al predio por un camino que bordea el lago, sin encontrar controles ni guardias que impidieran su paso. Tampoco había carteles que prohibieran bañarse, y el alambrado perimetral estaba vencido o inexistente en varios tramos. Testimonios y pruebas demostraron que el acceso libre al lago era “conocido y tolerado” por las autoridades del club de campo.

En ese contexto, Cristian se metió al agua y fue succionado por la corriente provocada por un sistema hidráulico de nivelación del lago, oculto bajo la superficie. Un perito determinó que en ese punto se producía un “salto hidráulico”, un torbellino fuerte generado por la diferencia de velocidad del agua. El cuerpo fue hallado dos días después, a unos 20 metros del puente que conecta el lago con el arroyo Las Flores, que desemboca en el río Luján. La autopsia confirmó que no había consumo de alcohol ni drogas.

Pese a la magnitud de la tragedia, el lugar no fue modificado de inmediato y el 25 de diciembre de ese mismo año otro menor murió en circunstancias similares.

En primera instancia, el juez Julio Ríos Becker concluyó que el lago representaba un peligro intrínseco “potenciado por las características del lugar” y por el “defectuoso mantenimiento de las medidas de prevención y demarcación”. Fijó una indemnización de $6.712.960 más intereses a favor de la madre de Cristian.

Las empresas apelaron alegando que la víctima ingresó sin autorización y que el predio estaba cercado con alambre y señalizado con carteles que prohibían nadar cerca de las compuertas. También afirmaron que el cuerpo fue hallado fuera de los límites del country.

Sin embargo, la Sala C de la Cámara Civil ratificó la condena. Sostuvo que el lago, por su sistema hidráulico y la falta de medidas para restringir el acceso, constituía un riesgo potencial directamente vinculado al desenlace fatal, y que la condición de barrio privado no eximía a sus administradores del deber de prevención. Con este fallo, se confirmó la responsabilidad de ambas empresas y la indemnización fijada en primera instancia.

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