Viernes 26 de Abril de 2024

Carlos Carrascosa, cada vez más cerca de su absolución definitiva

Eduardo Casal dictaminó a favor del viudo de María Marta García Belsunce, al opinar que debe ser desestimada la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal bonaerense a la absolución que le fue dictada en 2016.


  • Miércoles 09 de Diciembre de 2020
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Eduardo Casal dictaminó a favor del viudo de María Marta García Belsunce, al opinar que debe ser desestimada la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal bonaerense a la absolución que le fue dictada en 2016.

El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó a favor de Carlos Carrascosa, viudo de María Marta García Belsunce. Casal consideró que la Corte Suprema de Justicia de la Nación debe desestimar la última apelación que hizo el Ministerio Público Fiscal bonaerense a la absolución que le fue dictada en 2016 al viudo por el homicidio de su esposa.

Así, si al momento de resolver este recurso elevado por la Procuración General bonaerense en 2018, la Corte comparte el mismo criterio que Casal, Carrascosa quedará absuelto definitivamente en este expediente que ya cumplió 18 años y por el cual fue condenado y luego absuelto en primera instancia.

“En mi opinión, el recurso extraordinario intentado es inadmisible y la queja, por lo tanto, debe ser desestimada”, afirmó Casal en su dictamen de ocho páginas con fecha del 1° de este mes.

Además, de acuerdo al procurador, “el recurso extraordinario por arbitrariedad de sentencia es de naturaleza excepcional, pues no le corresponde a la Corte sustituir a los jueces de la provincia en temas de prueba y de derecho común y procesal local, que son propios de éstos”.

“La doctrina de la arbitrariedad de sentencia -cabe destacar una vez más- no tiene por objeto corregir fallos que las partes puedan reputar equivocados, sino que sólo pretende suplir defectos realmente graves de razonamiento que impidan considerar a la sentencia como el acto jurisdiccional al que toda parte en un proceso tiene un derecho constitucionalmente asegurado”, agregó Casal.

En el dictamen remarcó que“no encuentro en ese trámite la violación al derecho de defensa que alega el recurrente ni, por ello, razones para objetar la sentencia de la Corte bonaerense que permitan fundar la competencia por apelación del Tribunal según su doctrina de la arbitrariedad”.

Carlos Carrascosa fue condenado en 2007 por el encubrimiento del crimen de su esposa, María Marta García Belsunce, perpetrado en 2002 y luego, en 2009 fue condenado por el Tribunal de Casación por homicidio.

En 2016, tras siete años de apelaciones, la Corte Suprema de la Nación ordenó la revisión integral de la causa y al detectar graves irregularidades en el proceso le fue otorgada la absolución. Carrascosa recuperó su libertad el 19 de septiembre del 2016.

Esa resolución fue apelada por Procuración de la Provincia de Buenos Aires y desde 2018 quedó nuevamente a cargo de la Corte. El expediente, que pasó los despachos de los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti, según confirmaron a la agencia Télam fuentes judiciales, quedó actualmente en manos de Ricardo Lorenzetti.

Este año, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de San Isidro debía realizar entre el 3 de agosto y el 14 de octubre el tercer juicio oral por el caso, que tiene como presuntos coautores del homicidio al exvecino del country Carmel Nicolás Pachelo (44) y a los dos exempleados de seguridad Norberto Glennon (55) y José Ramón Alejandro Ortiz (43), pero quedó pospuesto por la pandemia de coronavirus.

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