Viernes 20 de Septiembre de 2024

La Provincia deberá brindar datos a una ONG sobre ausentismo docente


  • Sábado 07 de Febrero de 2015
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La decisión constituye un fallo inédito sobre el acceso a la información pública. Es a raíz del pedido de la ONG Asociación por los Derechos Civiles, por los días de clase perdidos en las escuelas. En una decisión sin precedentes sobre el derecho de acceso a la información pública, la Suprema Corte de Justicia bonaerense ordenó al Ejecutivo provincial a brindar datos sobre ausentismo docente a la Asociación por la Derechos Civiles (ADC), una ONG que se dedica a promover los derechos de las personas en situación de amenaza. El pleito se originó en un pedido de amparo que la ADG presentó en 2007 para saber cuántos días de clases perdieron los alumnos de 36 escuelas secundarias de los distritos bonaerenses de Florencio Varela, Villa Vatteone y Moreno, debido a las faltas de los docentes, a raíz de que la Dirección General de Cultura y Educación no brindó la información requerida en tiempo y forma. Ese recurso había sido rechazado tanto por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 2 de La Plata, como por la Cámara del mismo fuero, por lo que la ADG presentó un recurso extraordinario ante la Corte, que finalmente lo aceptó. Al aceptar el amparo, la Corte impuso a la administración provincial la obligación de brindar a ADG, en un plazo perentorio de 15 días desde la notificación del fallo, la información requerida. En el fallo los magistrados resaltan que, por regla general, toda persona debe tener acceso a la información pública, porque de esa manera los ciudadanos pueden controlar a sus representantes. Con citas a la las constituciones Nacional y Provincial, y a pactos internacionales, los ministros destacan que el derecho al acceso a la información pública evolucionó de tal modo que actualmente la adecuada publicidad de los actos de gobierno importa una práctica que atañe a la buena administración, que contribuye a la transparencia de la gestión pública y fortalece la confianza entre los ciudadanos y el Estado. De esta manera, la Corte produjo una decisión que abre el acceso a datos como los referidos al ausentismo docente, sobre los que tradicionalmente no han informado las administraciones provinciales ni tampoco los gremios del sector. En sentido más amplio, además, se pronuncia sobre un derecho esencial de los regímenes democráticos. Al mismo tiempo, la Corte rechazó argumentos, aceptados por la minoría y por las instancias judiciales previas, respecto al poco tiempo que tenía el Estado para elaborar los datos requeridos; resaltó que en todo caso podía acogerse a la prórroga prevista en la ley luego de informar a las partes y también consideró que “la información generada o controlada por las autoridades estatales se presume pública”.

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