El dictamen fue a solo dos días del anuncio de Mario Quintana sobre la venta de las acciones en la compañía. Guido Lorenzino se pronunció contra la medida que “solo contempla el interés comercial particular”.
La Defensoría del Pueblo bonaerense le reclamó a la Corte Suprema de Justicia que rechace el dictamen de la Procuración General de la Nación que le dio luz verde a Farmacity para que pueda desembarcar en la provincia de Buenos Aires.
El aval se dio en un dictamen no vinculante, dos días después de que el vicejefe de Gabinete, Mario Quintana, anunciara que venderá sus acciones en la compañía. Esto generó disconformidad en el Colegio de Farmacéuticos bonaerense, el diputado provincial del Frente Renovador, Lisandro Bonelli y ahora, en el Defensor del Pueblo bonaerense.
"Estamos en contra de este pronunciamiento que sólo contempla un interés comercial particular y afecta directamente al acceso a la salud de los bonaerenses", expresó el defensor del Pueblo, Guido Lorenzino.
El pedido del organismo al máximo tribunal nacional se basa en que la disposición del procurador interino, Eduardo Casal, quien considera inconstitucional la ley que frena el ingreso de la empresa en territorio provincial, no reconoce el carácter de las farmacias como un servicio de utilidad pública, indispensable para el acceso igualitario al medicamento como bien social.
En ese sentido, Lorenzino indicó que "sucede lo que venimos denunciando desde hace tiempo: se están dando una serie de maniobras que claramente benefician al vicejefe de Gabinete, Mario Quintana, quien fundó y dirigió la firma, y más allá de que anunció que se alejará de la empresa, sin dudas obtendrá ganancias ante el crecimiento que tendrá la compañía si la dejan instalarse en la provincia".
"Exigimos responsabilidad empresarial y que se respete la ley provincial de farmacias", agregó el Defensor del Pueblo, quien aclaró que volvió a pedir a la Corte que incorpore al organismo en el expediente con el fin de colaborar con la causa.
Según fue informado en las últimas horas, Casal dictaminó que el artículo 14 de le Ley 10.606, aprobada en 1987 en la provincia, es inconstitucional y de esta forma abre el espectro de las farmacias que pueden operar en el territorio. En tanto, sobre el otro artículo observado, el 3 de la ley, dictaminó que se devuelva el expediente para que la Suprema Corte bonaerense se expida de una manera más clara.
La ley vigente establece que las farmacias no son un comercio, sino un servicio público como extensión del sistema de salud, y determina que no puede haber una a menos de 300 metros de otra. Además, permite como titulares a empresas unipersonales, SRL, sin fines de lucro (mutuales) pero no a sociedades anónimas, como es Farmacity. Tras el dictamen ahora la Corte deberá resolver. Como dos de los magistrados, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, se excusaron de votar por sus supuestos vínculos con la empresa, serán tres los jueces que lo harán y se necesitan la unanimidad para fallar a favor de la cadena.
Dejar un comentario