Lunes 13 de Mayo de 2024

Diputados aprobarían las paritarias municipales el próximo miércoles


  • Sábado 20 de Septiembre de 2014
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El proyecto establece la realización de negociaciones entre los distritos y sus empleados. Avanzará con un esquema legal para que las comunas aprueben sus propios estatutos. La Legislatura bonaerense arribó hoy a un principio de acuerdo para aprobar la semana que viene el proyecto de ley que establece la realización de negociaciones paritarias entre los municipios y sus empleados, y avanzará con un esquema legal que les permita a las comunas aprobar sus propios estatutos para regular las relaciones laborales con su personal. Hoy, tras una reunión de la comisión de Asuntos Municipales, diputados del kirchnerismo cerraron detalles con sus pares de la oposición, y se acordó que en los próximos días se revisarán los detalles, con el objetivo de firmar un despacho el martes y aprobar el proyecto el miércoles 24. La iniciativa que tendría el acompañamiento mayoritario de los diputados obligará a todos los municipios a tratar los salarios con sus empleados en el marco formal de una negociación paritaria, herramienta que hoy se utiliza en media docena de distritos. Tras la aprobación de la ley, las comunas tendrán 90 días para adecuar su marco normativo e incorporar el mecanismo de negociación colectiva. En caso de que en el marco de esos encuentros no se arribe a ningún acuerdo, será el ministerio de Trabajo bonaerense quien actúe como mediador. Por otro lado, el proyecto establecerá paritarias provinciales “no vinculantes” a través de un Consejo de Empleo Municipal presidido por el ministro de Trabajo e integrado por intendentes y representantes gremiales, que se reunirá semestralmente para establecer una serie de lineamientos “optativos” para los distritos. Justamente esa condición destrabó las resistencias de los intendentes, que rechazaban que una paritaria provincial defina “pisos” salariales que luego no pudieran cumplir. En tanto, también se acordó incorporar a la modificada ley 11.757 un capítulo “supletorio” que regule las relaciones laborales entre los empleados y las comunas -tales como los modos de contratación, permanencia, antigüedad y despidos-, hasta que los municipios establezcan, por ordenanza, un marco normativo que lo reemplace.

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