Viernes 22 de Noviembre de 2024

Cheque, todo lo que tenés que saber


  • Domingo 17 de Febrero de 2019
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Por Gustavo Giacomo, economista. Profesor de economía de la Universidad Austral   Se trata de una orden de pago que le das al banco en el que tenés abierta una cuenta corriente bancaria. Esa orden, le indica al banco que debe pagar a quien le presente el cheque con fondos que tenés depositados en tu cuenta. En cuanto al origen de la palabra, a pesar de algunas polémicas suscitadas en torno a la creación de este importante documento comercial, Inglaterra, es, si no la patria creadora y originaria, al menos la que más contribuyó a su evolución, a su práctica y a su difusión, además que el término "cheque" y su ordenación en lo esencial son de naturaleza inglesa. El vocablo es de origen y uso moderno. Hay quienes atribuyen la etimología del término a la voz francesa "échec"; Sin embargo, la opinión más acertada hace derivar la palabra "cheque" de la voz inglesa "check". Dicha expresión deriva del verbo "to check" que quiere decir registrar y que tiene también una segunda acepción: dejar guardado, dejar algo por lo cual se recibe una contraseña. De este modo, el sustantivo "cheque" podría encerrar la idea de un comprobante de pago efectuado por el banco, conforme, a la segunda acepción, la idea, de una contraseña para recibir una cantidad de dinero antes depositada por el que entregó el documento. ¿Qué es y qué grava el impuesto al cheque? Nació en plena crisis de 2001, con el argumento de que iba a mejorar la competencia de la economía argentina (desde su concepción el gravamen estuvo, está y estará mientras siga en curso muy lejos de eso), iba a ser transitorio; sin embargo, actualmente sigue vigente. El impuesto a los créditos y débitos en cuentas bancarias, más conocido como "impuesto al cheque", es uno de los tributos más resistidos por la ciudadanía en general y por el sector productivo en particular. Su aplicación estuvo fundada en la emergencia económica y social de 2001, de la mano de Domingo Cavallo, y se implementó a través de la Ley de Competitividad N° 25.413. Un año más tarde se estableció un régimen de coparticipación de los ingresos que generaba: 70 por ciento para la Nación y el 30 restante para las provincias. Actualmente, de acuerdo a la nueva Ley N° 27.432, el total de lo recaudado se destina a ANSES. Según los especialistas (tributaristas) es distorsivo, es resistido por todos los sectores de la actividad económica, fomenta la evasión y la elusión, al promover los pagos en efectivo que, en muchas oportunidades, no quedan registrados. También, de acuerdo al nuevo enfoque sobre la inflación al igual que con las altas tasas (una pyme que toma un crédito contempla en el precio final del producto o servicio que presta el costo del financiamiento) el gravamen es trasladado en la mayoría de los casos al costo de producción, encareciendo así el producto final. Por lo tanto, se generan distorsiones en los costos ya sea por vía del impuesto al cheque o de las altas tasas que alteran aún más la suba generalizada de precios. A través de este tributo, el Estado recauda el 0,6 por ciento de cada cheque que se deposita y otro 0,6 del cheque que se cobra. Las únicas excepciones a este régimen son las acreditaciones de haberes, jubilaciones y pensiones ni las extracciones que se realicen a su respeto. La propia ley excluye, además, al Estado Nacional, provincial, municipal y a las reparticiones que funcionan en cada una de sus respectivas jurisdicciones. Cabe agregar, que en ciertas actividades pagan una tasa reducida de 0,25 por ciento por cada movimiento bancario. ¿Cuál es la nueva normativa que exime de pagar el impuesto al cheque a fondos que financien pymes? Con motivo de dar al menos, un poco de aire fresco al sector productivo (pymes) debido a las altas tasas y a la caída del consumo el Gobierno eximió del pago del impuesto a los créditos y débitos de las cuentas utilizadas por los fondos comunes de inversión cerrados y fideicomisos que financien a micro, pequeñas y medianas empresas. Lo hizo a través del decreto 117/2019 publicado días atrás en el Boletín Oficial, donde destacaron que resulta oportuno otorgar determinados beneficios fiscales a los créditos y a los débitos en cuentas para financiar a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). El decreto remarca que la utilización de la figura de fideicomiso financiero ha demostrado en los últimos años ser una herramienta idónea para la obtención de financiamiento por parte de las empresas comercializadoras o productoras de bienes y servicios. Por ello, y con el fin de fomentar vehículos de captación del ahorro colectivo público inversor, es procedente ampliar la dispensa del tributo aplicable a cuentas empleadas por fondos comunes de inversión cerrados y fideicomisos financieros. Cabe destacar, que la medida apunta a la promoción del acceso al mercado de capitales de las mipymes (financiándose a tasas más bajas que las que ofrecen los bancos) como principio fundamental de su desarrollo. ¿Qué es un cheque endosado? El endoso es la firma al dorso del cheque por la que el beneficiario lo transfiere en dominio, lo entrega en cobro o lo constituye en prenda. Todo endoso para que sea válido tiene que ser firmado por la persona que lo extiende y la firma hecha por mandato de otro debe indicar esa circunstancia. En este sentido, las personas jurídicas que endosen cheques deben completar el endoso con la expresión "por poder" o "P.P" e indicar claramente el nombre de la empresa o institución. Los cheques que no cumplan con este requisito deberán protestarse por endoso incompleto. Es importante considerar que un cheque puede ser endosado varias veces lo cual se realiza mediante la firma de quien lo recibe en la parte posterior, bajo la o las firmas existentes. Es importante saber que solo los cheques "al portador" y a "la orden" pueden endosarse. Por lo tanto, para dejarlo bien en claro. Un cheque se endosa, cuando la persona que lo recibe lo firma en la parte posterior y se lo entrega a otra persona, para que ésta lo cobre. Tipos de cheques De acuerdo a lo que establece la Ley de Cheques (24.452) que fue sancionada en 1995 y actualizada en sucesivas oportunidades, autoriza a realizar operaciones bancarias con diferentes tipos de cheques con validez nacional para realizar transacciones en todo el sistema financiero, que a continuación detallamos.
  1. En Blanco
Cheque en que el nombre del beneficiario no está indicado
  1. Nominativo 
Si en el cheque se identifica al tenedor (al que tiene el cheque)
  1. Al Portador 
Si consta dicha cláusula en el cheque, que se haya puesto a nombre de una persona, si se añade al "o al portador" (se puede endosar)
  1. A la orden 
Es una cheque que permite su endoso a tercera persona (se puede endosar)
  1. Bancario
Cheque expedido por un banco por cuenta y orden de un cliente o a su propio cargo
  1. Certificado
Aquí el librado imprime una cláusula en que reconoce la autenticidad de firma y la existencia de provisión de fondos suficientes, pero sin bloquear la cuenta y siendo revocable ¿Cuál es el futuro del cheque? Si bien a nivel mundial crecen las transferencias electrónicas y disminuye el uso del dinero en efectivo y la entrega de cheques, en nuestro país la utilización de este documento comercial como elemento de pago registra una leve caída de aproximadamente 3 por ciento anual (influye en esa baja el impuesto al cheque). De acuerdo con el Banco Central, el total de operaciones en pesos concretadas por MEP (Medios Electrónicos de Pago) muestra un incremento interanual del orden del 6 por ciento. De todos modos, el cheque sigue siendo el documento comercial más utilizado para realizar el pago de cualquier producto, insumo, bien o servicio. En cuanto al futuro de este documento comercial más utilizado para realizar transacciones bancarias, está garantizado por muchos años más.

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