Viernes 17 de Mayo de 2024

La Afip promueve la Ley Pyme para beneficiar al sector que genera mayor empleo en el país


  • Miércoles 02 de Agosto de 2017
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Aseguran que es la manera de continuar brindando un adecuado servicio a la comunidad, con beneficios a los que la gran mayoría de las empresas pueden acceder de forma simple e inmediata. En agosto de 2016 entró en vigencia la Ley N° 27.264, conocida como la Ley PYME, la cual crea beneficios impositivos y financieros para las pequeñas y medianas empresas. Cabe destacar que estos beneficios fiscales, han sido establecidos para aliviar la situación impositiva del sector que mayormente genera empleo en el país, las pymes. Para poder acceder en forma automática a los beneficios, los contribuyentes deben inscribirse como pymes ingresando al servicio web denominado “PYME Solicitud de categorización y/o Beneficios”, y encuadrar la situación de su empresa o explotación de acuerdo a los esquemas de ingresos anuales, que se divide en diferentes categorías como Agropecuario, Industria y Minería, Comercio, Servicios o Construcción; y a su vez se en Micro, Pequeña, Mediana tramo 1, y Mediana tramo 2. La categorización adopta un criterio cuantitativo basado en los ingresos anuales, de acuerdo al sector al que pertenecen. Los mismos se calculan de acuerdo al promedio de los últimos tres ejercicios comerciales o años fiscales, excluyendo del cálculo el IVA, el impuesto interno que pudiera corresponder y deduciendo hasta el 50 por ciento del monto de las exportaciones. Dentro de los principales beneficios fiscales, se podrá encontrar el pago del IVA a los 90 días, que los impuestos sobre los débitos y créditos podrán ser computados en un 100 por ciento como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, el Repro (un subsidio al pago de una porción salarial no remunerativa a trabajadores del ámbito  privado de sectores o zonas geográficas en crisis acreditadas ante el Ministerio de Trabajo de la Nación), o que no les será aplicable el impuesto a la ganancia mínima presunta. Para obtener mayor información, podrá consultarse la página institucional de la AFIP www.afip.gob.ar o concurrir a recibir asesoramiento en alguna de las dependencias.

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