Domingo 24 de Noviembre de 2024

Por una resolución del ENRE, Edenor deberá suspender el cobro de “recupero de energía”

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad ordenó a las distribuidoras Edenor y Edesur el cese inmediato de la aplicación y cobro por “Consumos No Registrados”, hasta tanto se reglamente el procedimiento de aplicación.


  • Miércoles 17 de Febrero de 2021
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El Ente Nacional Regulador de la Electricidad ordenó a las distribuidoras Edenor y Edesur el cese inmediato de la aplicación y cobro por “Consumos No Registrados”, hasta tanto se reglamente el procedimiento de aplicación.

Advirtiendo un incremento notable en los reclamos por problemas en la facturación del servicio por parte de Edenor y Edesur, y luego de dialogar con la Comisión de Usuarios Residenciales (CUR) y recibir planteos de las Defensorías del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Avellaneda y la de Pilar, bajo el cargo de Juan Manuel Quintana, el ENRE determinó que en su mayoría estos se originan en la aplicación de Consumos No Registrados (CNR) y que en gran medida las distribuidoras no respetan los requisitos que el Reglamento de Suministro establece para poder aplicar dichos cargos.

En ese marco, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad ordenó la suspensión provisoria de la aplicación del CNR, mientras se audite la información requerida a las distribuidoras acerca del modo en que se llevan a cabo los procedimientos para aplicarlo, los cuales deben respetar el derecho de defensa de las personas usuarias y brindarles información adecuada y veraz acerca de los montos que se pretende cobrar y su procedencia.

Asimismo, el ENRE ordenó la suspensión de la exigencia de pago de notas de débito y liquidaciones complementarias, como así también abstenerse de suspender los suministros por falta de pago de estos conceptos, independientemente de que se hubiera generado o no el reclamo ante la correspondiente distribuidora o ante el propio ente, por parte de la persona usuaria.

Cabe destacar que las distribuidoras se encuentran habilitadas a emitir facturas complementarias por recupero de CNR, cuando los valores de energía no hubieran sido registrados o hubieran sido medidos en exceso o en defecto, ya sea por deficiencias propias del equipo de medición, o bien por comprobarse hechos que hagan presumir irregularidades en la medición.

Sin embargo, el Reglamento de Suministro establece requisitos puntuales para permitir la inclusión de cargos en concepto de recupero de energía, los cuales, según se pudo evaluar, no son respetados.

En este sentido y con el objetivo de garantizar una aplicación transparente y el ejercicio de los derechos de los usuarios, la interventora del ENRE, Soledad Manin, señaló que se está avanzando con la reglamentación del procedimiento a seguir por parte de Edenor y Edesur para corregir estas desviaciones en la aplicación de las normas.

“Desde el Ente Nacional Regulador de la Electricidad continuamos trabajando con el objetivo de propender a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos, garantizando los derechos de las personas usuarias”, cerraron.

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