En la jornada de hoy se llevó a cabo un conversatorio sobre la Ley 27.452 de Reparación Económica para niños, niñas y adolescentes y personas con discapacidad sin límite de edad (Rennya) cuyas madres o personas que estaban a cargo de sus cuidados fueron víctimas de femicidios u homicidios derivados de violencia de género o intrafamiliar.
La implementación de esta ley en el distrito surgió a partir de la presentación del proyecto de expresión de beneplácito en el Concejo Deliberante por parte de la concejal Marcia González, donde se aprobó la adhesión a la ley.
Del encuentro participaron la subsecretaria del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad de la Nación, Carolina Varsky; la directora de la UDAI-ANSES, Rosario Beláustegui; la responsable de la Secretaría de la Mujer de Pilar, Eva Molina, y la concejal Marcia González.
“Con la implementación de herramientas de este tipo a lo largo del territorio seguimos trabajando para lograr un país más justo a través de un Estado que acompaña a quienes están en riesgo por situación de violencia de género”, dijo la titular del Ministerio de las Mujeres, Varsky
Por su parte, Eva Molina remarcó la importancia de esta actividad: “Hoy dimos a conocer la existencia de esta ley, el contexto de su sanción e importancia para toda la comunidad. A partir de esta legislación, las hijas, los hijos de víctimas de femicidios tienen derecho a acceder a una asignación equivalente a un haber jubilatorio mínimo. Esto habla de un Estado que busca reparar el grave daño que sufren las víctimas de violencia de género o de violencia intrafamiliar”.
La concejal González remarcó otro de los objetivos de esta iniciativa. “Permite identificar en forma conjunta posibles obstáculos en el acceso al régimen de reparación y trabajar en la mejor forma de facilitar y agilizar los trámites, así como para el seguimiento y acompañamiento integral de quienes se encuentren en esta situación tan vulnerable”, comentó.
Es un trámite que se inicia desde ANSES, donde se recepciona la documentación y se genera el expediente electrónico.
Este beneficio alcanza a los hijos e hijas en los casos en que el padre, madre o progenitor haya fallecido a causa de violencia intrafamiliar y/o de género; la persona victimaria haya sido procesado/a y/o condenado/a con sentencia firme o se haya declarado extinta la causa penal por la muerte del acusado en el marco de la investigación por homicidio del progenitor. Lo cobrará directamente el hijo entre los 18 y hasta los 21 años o bien la persona adulta responsable que quede a cargo del menor de edad o con discapacidad sin límite de edad.
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