Por un reclamo salarial, los trabajadores mantienen paralizada a esa dependencia bonaerense, lo cual frena las transacciones inmobiliarias. Como paliativo, la Legislatura sancionó una ley que convalida la resolución ministerial que establece la suspensión de los plazos registrales.
El Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires advirtió que las transacciones inmobiliarias están siendo seriamente afectadas por las demoras para completar los trámites de certificación en el Registro de la Propiedad bonaerense, en el marco del conflicto salarial que mantienen los trabajadores de esa repartición con el Ejecutivo provincial.
Jorge Mateo, titular de la entidad que nuclea a los notarios bonaerenses, aseguró que “desde principios de marzo la actividad en el Registro se encuentran virtualmente paralizada”.
Por su parte, la escribana pilarense Graciela Oriol reconoció a nuestro medio que “ya antes el personal venía trabajando a reglamento”, por lo que los trámites ante la dependencia venían llevándose a cabo con sensibles retrasos. “Una gestión que podía demorar una semana, recién se estaba cumplimentando a los 15 días. Ahora, directamente no reciben más pedidos de certificados de inhibición y de dominio”, apuntó la notaria.
Negocios inmobiliarios frenados
La irresolución del conflicto salarial en el Registro de la Propiedad está perjudicando seriamente las transacciones inmobiliarias por la imposibilidad de realizar los trámites necesarios para dar curso a la escrituración.
“Los certificados de dominio -en el que se acredita la titularidad de la persona que pretende vender y el estado verdadero del inmueble en el que no hay embargos y no hay hipotecas- y los certificados de anotaciones personales -que es donde se demuestra que la persona que es titular puede disponer de su bien- son trámites esenciales para concretar una negocio inmobiliario”, confió a Resumen el productor Elbio Altezor.
El rematador explicó que al faltar esos certificados “es imposible escriturar”, porque la normativa exige que el escribano interviniente los pida “para constatar la inexistencia de embargos o hipotecas, o la existencia de medidas cautelares que le impidan al vendedor vender el inmueble”.
Por otro lado, los profesionales usuarios del sistema se encuentran ante un obstáculo para cumplir con los términos legalmente impuestos para cada trámite.
“Ante esta situación, los escribanos hemos recibido un comunicado del Colegio que nos informa de la sanción de la Ley en la Legislatura que convalida la resolución ministerial 349/07, estableciendo la suspensión de los plazos registrales; resolución que nos trae cierto alivio a todos”, sostuvo Oriol.
“Esta ley soluciona dos problemas importantes –detalló- la falta de inscripción en termino (45 días) de las escrituras ya otorgadas y la validez de las escrituras entregadas con certificados vencidos”, cerró la escribana.
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