El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dio a conocer dos nuevas resoluciones firmadas por el interventor Walter Martello, que se traducen en medidas tendientes a optimizar la atención que Edenor y Edesur les prestan a sus usuarios residenciales en general, y a aquellos inscriptos en el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud en particular.
A través de la primera, se dispuso la readecuación de dos bases de datos que este Ente Nacional utiliza para realizar el seguimiento de reclamos y de cortes de suministro eléctrico registrados en los distintos niveles de tensión.
“Martello instruyó a las dos empresas distribuidoras a que informen al ENRE los datos de los reclamos de usuarios residenciales que ingresan por sus distintos canales de atención y comunicación, y sobre los cortes de suministro registrados en sus respectivas áreas de concesión. Esta información alimentará las dos bases de datos mencionadas, que el ente actualizará para agilizar el seguimiento de los reclamos, en especial de aquellos por interrupciones del servicio, y para controlar mensualmente la respuesta operativa de las prestatarias”, expusieron desde el ente nacional.
A partir de esta doble readecuación, las distribuidoras contarán con un máximo de cinco horas para restaurar el suministro eléctrico en los hogares afectados. Cuando el monitoreo del ENRE detecte el incumplimiento de este plazo, el corte será tipificado como “prolongado” y será pasible de sanción.
Por su parte, mediante la segunda medida establecida se precisaron parámetros del Reglamento Técnico para la Provisión de una Fuente Alternativa de Energía para usuarios electrodependientes, vigente desde la aprobación de la Resolución ENRE Nº544/2017.
En ese caso, manifestaron que se “ajustaron dos parámetros del Reglamento Técnico para la Provisión de una Fuente Alternativa de Energía para usuarios electrodependientes. Por un lado, se fijó en 48 horas -sin distinción entre días hábiles y feriados- el plazo máximo para responder a una solicitud de conexión de FAE. Por otro lado, se modificó uno de los requisitos asociados a este pedido: en lugar del remito del equipo de electromedicina que la persona electrodependiente debe utilizar, habrá que presentar una declaración jurada que consigne la patología padecida y las características técnicas del aparato en cuestión, según establece la Resolución del Ministerio de Salud N°1538/2017”.
Asimismo, Martello aprobó el procedimiento para determinar y aplicar la sanción por superar el mencionado plazo de 48 horas. En caso de incumplirlo, Edenor y Edesur deberán abonar al usuario perjudicado un resarcimiento en pesos equivalente a 2.000 kWh por cada día de atraso, hasta un valor máximo de 500.000 kWh cuya equivalencia monetaria se calculará a partir de la tarifa media vigente al momento de solicitar la Fuente Alternativa de Energía. Este tipo de sanción se aplicará en forma automática como bonificación a imputarse, en forma desagregada y con una leyenda específica, en la primera factura que la distribuidora emita con posterioridad a la instalación de la FAE.
Cabe destacar que el usuario bonificado podrá cobrar el monto en cuestión en un solo pago, en las oficinas comerciales de las distribuidoras durante los días y horarios habituales de atención al público, mediante la sola presentación de la factura correspondiente y del DNI. Si el usuario no se presenta entre la notificación de la acreditación y la fecha de emisión de la próxima factura, la distribuidora deberá trasladar el importe bonificado a la factura siguiente.
Dejar un comentario