El Juzgado Federal N° 2 de La Plata le ordenó al Estado que se abstenga de suspender la Resolución 10/2015 del Ministerio de Salud de la Nación con respecto al proceso de vacunas contra el meningococo para los menores de 11 años de edad de la Provincia de Buenos Aires.
La sentencia, decretada por el juez Adolfo Gabino Ziulu, hizo lugar a una medida cautelar presentada por la madre de una niña de 11 años y por la Asociación Civil AJUS La Plata-Ensenada.
La decisión establece que el Estado deberá acceder a vacunar gratuitamente a la niña, facilitando los medios necesarios para hacerlo, en un término no mayor a diez días.
El magistrado abocado al tema, argumentó que “la vacunación ha sido pensada en nuestro ordenamiento como una herramienta importante de prevención, en donde el elemento de obligatoriedad se erige como pilar indispensable en miras de la salud pública”.
Luego de estudiar detalladamente la normativa que resguardan el derecho primordial a la salud, destaca que dicho análisis cobra especial dimensión cuando el grupo que podría resultar afectado es el de niños, niñas y adolescentes.
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