La Justicia declaró inconstitucional la prohibición de cobrar tasas municipales en las boletas de servicios
Un fallo de la Justicia Federal de San Nicolás le dio la razón al municipio de Pergamino y anuló la resolución impulsada por Luis Caputo que impedía incluir tasas locales en las facturas. La decisión reaviva la disputa entre la Nación y los intendentes por la autonomía municipal.
La Justicia Federal de San Nicolás declaró la inconstitucionalidad de la resolución dictada en 2024 por el ministro de Economía, Luis Caputo, que prohibía a los municipios incluir en las facturas de servicios públicos cargos ajenos al servicio contratado, como las tasas municipales.
La decisión fue adoptada a partir de una acción de amparo presentada por la Municipalidad de Pergamino, que cuestionó la medida por considerar que vulneraba la autonomía municipal. El distrito es gobernado por Javier Martínez (PRO), quien en la última elección selló un acuerdo con el espacio Hechos, referenciado en los hermanos Passaglia.
En la demanda, el municipio explicó que cobra la tasa de alumbrado público a través de la factura del servicio de energía eléctrica, en el marco de un convenio firmado con la cooperativa concesionaria. Según argumentó la comuna, dejar de percibir ese ingreso "afectaría gravemente el funcionamiento del sistema de alumbrado público, comprometería el funcionamiento de edificios municipales, centros de desarrollo infantil, el sistema de monitoreo de seguridad y otros servicios esenciales", además de impactar en la autonomía financiera local.
El juez federal subrogante Carlos Villafuerte Ruzo hizo lugar al planteo y sostuvo que la prohibición "influye en la recaudación" municipal. En el fallo, difundido por el sitio Palabras del Derecho, consideró que la resolución es inconstitucional y que la providencia reglamentaria resulta ilegítima, ya que al emanar de una autoridad nacional invade competencias propias de las municipalidades y desconoce el reparto establecido por la Constitución.
La disputa entre la Nación y los intendentes por el cobro de tasas municipales lleva meses de tensión. El Gobierno de Javier Milei renovó recientemente la confrontación al incorporar en el sitio web oficial de la Jefatura de Gabinete un mecanismo para que los ciudadanos denuncien la aplicación de tasas municipales en todo el país.
Ya en abril de 2025, Caputo había cuestionado públicamente a varios intendentes peronistas por este mecanismo de recaudación. Meses después, incluso recomendó no comprar en supermercados del municipio de Pilar por una tasa aplicada por la gestión del intendente Federico Achával.
Sin embargo, el debate judicial tuvo fallos en sentidos contrapuestos. En 2025, el juez Oscar Alberto Papavero, a cargo del Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 1 de San Martín, rechazó un amparo presentado por la Municipalidad de Tigre y avaló la imposibilidad de recaudar tasas a través de facturas de servicios públicos.
Posteriormente, la Cámara Federal de San Martín ratificó un fallo del Juzgado Federal de Campana que declaró inconstitucional la misma resolución, en un criterio similar al adoptado ahora por la Justicia Federal de San Nicolás.
En los últimos años se volvió habitual que en las boletas de electricidad se incluyan otros conceptos, como seguros o créditos. Frente a esa práctica, el Gobierno nacional dispuso prohibir el cobro de tasas o cargos que no guarden relación directa con el servicio contratado. El fallo a favor de Pergamino reabre el debate sobre los límites entre la potestad regulatoria de la Nación y la autonomía fiscal de los municipios.

