El Concejo aprobó su "ficha limpia" contra el lavado de dinero del narcotráfico

El Concejo Deliberante aprobó por mayoría la Ordenanza N° 109/26, que establece controles sobre inversiones y emprendimientos para prevenir el ingreso de fondos vinculados al narcotráfico. La norma fue rechazada por La Libertad Avanza y generó un fuerte cruce político en el recinto.

El Concejo aprobó este jueves la Ordenanza N° 109/26, que crea un nuevo Régimen Municipal de Prevención del Narcotráfico y del Lavado de Activos Provenientes del Narcotráfico. La norma apunta a impedir que fondos provenientes de actividades vinculadas al narcotráfico sean incorporados a la economía formal del distrito mediante inversiones, desarrollos inmobiliarios, emprendimientos, comercios u otras operaciones que requieran intervención municipal.

La iniciativa fue aprobada por mayoría y generó un fuerte cruce político durante el tratamiento en el recinto. Los concejales de La Libertad Avanza que se encontraban presentes -Andrés Genna, María Ratti Repetto, Solana Marchesán y Juan Pablo Casañas- votaron en contra en una votación nominal, mientras que el oficialismo de Unión por la Patria respaldó el proyecto.

El régimen establece que el Municipio no autorizará nuevas inversiones, emprendimientos, desarrollos, habilitaciones, permisos o autorizaciones a personas físicas o jurídicas que se encuentren investigadas y/o procesadas por delitos vinculados al narcotráfico, mientras subsista esa situación judicial. La restricción tendrá carácter preventivo y administrativo y alcanzará exclusivamente a aquellas actuaciones cuya aprobación dependa de la Municipalidad de Pilar.

La medida también se extiende a las personas jurídicas cuando el investigado o procesado sea beneficiario final, ejerza directa o indirectamente el control efectivo de la sociedad, tenga una participación que le permita influir sustancialmente en sus decisiones o actúe como administrador, representante, director, socio controlante o figura equivalente.

Uno de los principales mecanismos previstos por la ordenanza será la presentación, en los casos que determine la reglamentación, de una Declaración Jurada de Origen Lícito de Fondos y de inexistencia de los impedimentos establecidos por la norma para quienes soliciten determinadas autorizaciones, habilitaciones, permisos o aprobaciones municipales vinculadas con inversiones o emprendimientos.

La documentación podrá incluir la identificación del titular de la operación, la actividad económica declarada, el monto de la inversión, el origen de los fondos, las sociedades o fideicomisos involucrados y la identificación del beneficiario final. También podrá requerirse información sobre las personas físicas que ejerzan el control efectivo de una persona jurídica y sobre la existencia de investigaciones o procesos judiciales vinculados con delitos de narcotráfico.

En ese sentido, la norma faculta a la autoridad de aplicación a requerir documentación adicional cuando intervengan estructuras societarias o fideicomisos y resulte necesario identificar a quienes sean beneficiarios finales, ejerzan el control efectivo o tengan una participación sustancial en la inversión. La falta de información suficiente sobre el beneficiario final podrá convertirse en un impedimento para la autorización, de acuerdo con la reglamentación.

El Municipio también podrá establecer procedimientos de debida diligencia y controles reforzados cuando se trate de operaciones consideradas de riesgo, entre ellas inversiones de gran magnitud, grandes desarrollos inmobiliarios, fideicomisos inmobiliarios, estructuras societarias complejas, dificultades para identificar al beneficiario final, inconsistencias entre la actividad declarada y el volumen de la inversión o situaciones en las que no pueda acreditarse razonablemente el origen de los fondos.

La ordenanza aclara, además, que la Municipalidad no podrá atribuir responsabilidad penal ni determinar por sí misma la existencia de un delito. La existencia de una investigación judicial o de un proceso penal deberá acreditarse mediante información proveniente de fuentes oficiales, organismos competentes o autoridades judiciales.

El antecedente de Pilar Bicentenario

El nuevo régimen tiene como antecedente político y local la investigación judicial que involucró al abogado Mateo Corvo Dolcet, vinculado al proyecto inmobiliario que, a través del fondo Pilar Bicentenario, impulsó una megainversión en la zona del kilómetro 46 de la Panamericana.

Según el planteo que acompañó la iniciativa, aquel proyecto quedó frenado luego de que Corvo Dolcet quedara en el centro de una investigación federal por presunto lavado de dinero relacionado con un cartel de narcotraficantes colombianos.

Los terrenos quedaron posteriormente en guarda del Municipio, que durante la pandemia montó allí un vacunatorio y, con posterioridad, utilizó parte de las instalaciones para otras dependencias administrativas. Este antecedente volvió a quedar en el centro de la discusión política durante la sesión del Concejo.

La discusión derivó en fuertes acusaciones cruzadas entre el oficialismo y La Libertad Avanza. Desde Unión por la Patria, Silvio Rodríguez defendió la iniciativa y sostuvo que el objetivo es evitar que en Pilar se instalen fondos provenientes del lavado de dinero del narcotráfico.

"No vamos ni a ceder ni a retroceder ante ninguna presión", afirmó el concejal, quien calificó la norma como una herramienta para impedir que personas investigadas por narcotráfico o lavado de dinero puedan realizar inversiones en el distrito. También pidió al resto de las fuerzas políticas acompañar la iniciativa y sostuvo que se trataba de una definición respecto de "qué intereses defendemos".

Rodríguez también apuntó contra dirigentes de La Libertad Avanza por sus posiciones anteriores respecto del proyecto inmobiliario del kilómetro 46 y mencionó expresamente al concejal Andrés Genna, a quien atribuyó haber defendido públicamente la posibilidad de reflotar el desarrollo.

Desde la oposición, Genna respondió con fuertes críticas al oficialismo y puso el foco en la actuación del Municipio respecto de los terrenos que habían quedado bajo su custodia.

El concejal recordó que la autorización original del proyecto inmobiliario se produjo en 2011, y cuestionó al oficialismo por utilizar actualmente el antecedente como fundamento para impulsar la ordenanza.

También hizo referencia a la utilización de las instalaciones durante la pandemia y a las posteriores condiciones en las que, según denunció, fue encontrado el inmueble. En su intervención mencionó la presencia de vacunas, residuos patológicos y documentación personal en el lugar y cuestionó al Municipio por el manejo del predio tras el desalojo impulsado por la Justicia.

Genna también vinculó la discusión con la gestión de la pandemia y lanzó duras críticas contra el kirchnerismo, al que responsabilizó por distintas decisiones adoptadas durante ese período. Además, cuestionó al oficialismo por avanzar con la ordenanza mientras, según su planteo, enfrenta cuestionamientos judiciales.

La discusión terminó así atravesada por dos ejes diferentes: por un lado, el oficialismo defendió la ordenanza como una herramienta preventiva destinada a evitar el ingreso de capitales vinculados al narcotráfico a la economía local; por otro, La Libertad Avanza centró sus críticas en la actuación municipal sobre los terrenos del kilómetro 46 y en la utilización política de ese antecedente.

Qué establece el nuevo régimen

La ordenanza dispone que las inversiones y operaciones alcanzadas deberán desarrollarse bajo los principios de origen lícito de los fondos, transparencia, identificación del beneficiario final y prevención del lavado de activos provenientes del narcotráfico.

Además, el Departamento Ejecutivo podrá suspender preventivamente un trámite administrativo cuando resulte necesario verificar el cumplimiento de la norma o determinar la existencia de alguno de los impedimentos establecidos. También podrá celebrar convenios con organismos nacionales, provinciales y judiciales para fortalecer los mecanismos de prevención, siempre dentro de las competencias legales de cada organismo y respetando las normas de confidencialidad, debido proceso y protección de datos personales.

El incumplimiento podrá derivar en intimaciones, suspensión del trámite, rechazo de solicitudes, revocación o caducidad de permisos y habilitaciones, además de las sanciones previstas en la normativa municipal vigente. La presentación de información falsa, documentación adulterada u ocultamiento deliberado de información relevante será considerada un incumplimiento grave.

La Ordenanza N° 109/26 quedó sancionada en la sesión del último jueves y establece así un nuevo marco de control municipal sobre inversiones y emprendimientos, con especial atención en la identificación de los beneficiarios finales y en la prevención del ingreso de recursos vinculados al narcotráfico a la economía formal de Pilar.

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