Jueves 21 de Noviembre de 2024

Piden tres años de prisión efectiva por la muerte de un paciente en una comunidad terapéutica

Es para el exempleado de seguridad del centro San Camilo. Es acusado por homicidio culposo tras la muerte de un joven con consumos problemáticos e insulinodependiente que fue recluido en una habitación precaria a modo de castigo.


  • Jueves 04 de Agosto de 2022
Juicio San Camilo

En el primer juicio oral por el suicidio de un paciente en una comunidad terapéutica, la Fiscalía pidió hoy una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo para un exempleado de seguridad del centro San Camilo, por homicidio culposo tras la muerte de un joven con consumos problemáticos e insulinodependiente que fue recluido en una habitación precaria a modo de castigo.

La jornada de alegatos comenzó pasadas las 9 en el Juzgado en lo Correccional Nº4 de San Isidro con Ángel "Pipi" Súñez, exempleado de la Fundación San Camilo, en el banquillo de los acusados por la muerte, en 2013, de Saulo Rojas, un joven mendocino de 23 años.

Desde la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental en 2010, esta es la primera vez que un miembro de una comunidad terapéutica llega a juicio oral por el suicidio de un paciente.

Durante la audiencia de hoy, la fiscal Paula Valeria Oyola pidió una pena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo y también solicitó que a Súñez se lo inhabilite por 10 años para ocupar cargos públicos o privados en cualquier tipo de institución donde se deba vigilar o cuidar a seres humanos.

Asimismo, la fiscal pidió que la totalidad de la prueba documental de la causa quede para investigación, ya que aseguró que se trata de "hechos sumamente graves para la vigencia de los derechos humanos" y advirtió que el caso de Saulo Rojas es "un árbol que no puede dejar de mostrarnos el bosque".

A su turno, el abogado defensor Rodolfo Andreacchio pidió una atenuación de la pena ante la confesión de culpabilidad expresada por el acusado durante la jornada de ayer, que la misma sea en suspenso y coincidió en el pedido de inhabilitación realizado por la Fiscalía.

Tras escuchar los alegatos, el juez Juan Facundo Ocampo convocó a una nueva audiencia el próximo lunes para la lectura del veredicto, a pesar de que la familia de la víctima esperaba que se definiera hoy mismo la sentencia.

"Son nueve años de lucha y de pedir justicia por mi hijo y por los otros chicos de San Camilo", aseguró a Télam la madre de Saulo, Miriam Lucero, quien vestía una remera negra que decía "El amor vence al odio".

"El juez decidirá qué grado de responsabilidad tiene Súñez", agregó la mujer, y remarcó que aunque la sentencia sea de "dos años, tres, cinco o ninguno acá la condenada soy yo a la tristeza y a la ausencia de mi hijo".

El acusado era empleado de seguridad de la Fundación San Camilo, donde Saulo estaba internado desde junio de 2012 y un año después se quitó la vida en una habitación llamada "el engomado", a donde se recluía a pacientes a modo de castigo, algo prohibido por la ley de Salud Mental sancionada en 2010.

En 2017, el establecimiento fue clausurado por el Ministerio de Salud bonaerense tras constatar "graves falencias edilicias, tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes proporcionados a los usuarios".

Por la muerte de Rojas fueron imputados Martín Iribarne, dueño de la fundación, y Alejandro Jacinto, psicólogo y director terapéutico, quienes no tenían antecedentes penales y aceptaron una "probation".

Súñez, en cambio, llegó a la instancia de juicio oral acusado por homicidio culposo y la fiscal alegó hoy que "se ha logrado acreditar con la totalidad de las pruebas y los testimonios que el día 14 de junio de 2013 el imputado, que cumplía la función de vigilador en San Camilo, aisló en una habitación en construcción a Saulo y violó el deber de cuidado que le era exigido".

Sobre este punto, la fiscal precisó que era una habitación "sin revoque, sin piso, sin muebles, sin electricidad", y señaló que el instructivo del establecimiento ordenaba que el personal de seguridad debía sacarle al paciente "los objetos que podían atentar contra su vida cuando la persona quedaba aislada".

Al repasar toda la prueba, la representante del Ministerio Público Fiscal indicó que "Súñez, en forma gravemente negligente, no le quitó un elemento de gran importancia, el cinturón, con el que Saulo Rojas se quitó la vida", y alegó que el paciente "tomó esa decisión porque Súñez no hizo lo que debía".

"Saulo era una persona de 23 años con estas afectaciones, dos enfermedades (diabetes y consumos problemáticos) y un estado extremo de vulnerabilidad", remarcó la fiscal, y advirtió que no se puede argumentar que Súñez tuvo "un mero descuido".

Por su parte, el abogado de la familia de la víctima, Yamil Castro Bianchi, adhirió en todo a lo que propuso la fiscal y declaró: "Lo que aquí ocurrió no tiene que pasar más. El encierro no cura, el encierro mata".

"El engomado era una pieza del terror, y sabemos que el que tenía el dominio de las llaves era el imputado", añadió Castro Bianchi, y subrayó que "si Súñez hubiese adoptado la medida de seguridad hoy no estaríamos acá".

También pidió que una vez dictada sentencia se haga una comunicación al Ministerio de Salud bonaerense y a su Subsecretaría de Salud Mental y Consumos Problemáticos para que "se anoticien de lo que ha sucedido y puede seguir sucediendo".

Una vez concluida la audiencia, la madre de Saulo se reunió afuera del juzgado con un grupo de expacientes de San Camilo y la organización contra la violencia institucional "Madres en lucha", que se acercaron para brindar su apoyo.

"Hay muchos responsables de los horrores de San Camilo y creo que da para mucho más", afirmó la madre de Saulo y finalizó: "Hay otros responsables que si no se hace justicia, que si no se visibiliza, van a seguir lucrando con la salud de los chicos".

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