AFA: levantan secreto de sumario para saber quiénes son los dueños de los autos de Villa Rosa
El juez penal económico Marcelo Aguinsky dispuso una serie de requerimientos a organismos públicos y privados en la causa que involucra a la firma Real Central SRL y a dos personas señaladas como supuestos testaferros de dirigentes de la AFA. La investigación apunta a reconstruir el entramado patrimonial, los movimientos de vehículos de alta gama y la situación de la quinta de Villa Rosa.
El juez a cargo del Juzgado Penal Económico N°10, Marcelo Aguinsky, dispuso una amplia batería de medidas de investigación en el marco de una causa que involucra a la firma Real Central SRL y a dos personas identificadas como Luciano Nicolás Pantano y Ana Lucía Conte, quienes son investigados como presuntos testaferros de altos dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA). La resolución fue firmada este martes y marca un avance sustancial en un expediente que hasta ahora se tramitaba bajo estricta reserva.
En su decisión, el magistrado ordenó levantar el secreto de sumario y habilitar el acceso de las partes a la causa, al tiempo que instruyó una serie de requerimientos a organismos públicos y privados con el objetivo de reconstruir el entramado patrimonial y los movimientos económicos de los investigados. La pesquisa gira en torno a la presunta comisión de delitos económicos y busca esclarecer el origen, la titularidad y el uso de bienes de alto valor.
Entre las primeras medidas dispuestas, Aguinsky solicitó a la Superintendencia de Seguros de la Nación que informe sobre todas las pólizas emitidas para vehículos registrados a nombre o a favor de Real Central SRL, incluyendo los medios de pago utilizados para la contratación de dichas coberturas. El requerimiento también abarca la existencia de seguros vinculados a embarcaciones o aeronaves que pudieran estar relacionadas con la firma investigada.
La investigación se da en un contexto en el que, la semana pasada, fueron secuestrados más de 50 vehículos de alta gama durante un allanamiento realizado en una propiedad vinculada a la causa. Ese procedimiento había sido ordenado por el juez federal Daniel Rafecas, quien posteriormente se declaró incompetente y dejó de intervenir en el expediente.
En paralelo, los Registros de la Propiedad Automotor deberán identificar a todas las personas que figuren como habilitadas para conducir los vehículos incautados, a través de las denominadas cédulas azules. Esta medida apunta a determinar quiénes utilizaban efectivamente los automóviles y a establecer posibles vínculos con los investigados.
La resolución también pone el foco en el análisis de la tecnología instalada en los vehículos secuestrados. En ese sentido, el juez ordenó a las empresas de rastreo satelital que informen sobre la existencia de dispositivos activos en las unidades, mientras que a la empresa operadora del sistema Telepase se le requirió que detalle si los vehículos cuentan con ese servicio, quiénes lo contrataron y cuáles fueron los medios de pago utilizados. El objetivo central es reconstruir posibles trayectos y movimientos de los bienes bajo investigación.
Uno de los ejes relevantes de la causa es el inmueble ubicado en la calle Misiones 4097, en la localidad de Villa Rosa, señalado como un punto central dentro de la pesquisa. Aguinsky ordenó a la Secretaría de Comunicaciones de la Nación que, a través de las empresas de telefonía móvil e internet, informe a nombre de quiénes fueron contratados los servicios en ese domicilio. Además, dispuso que la Policía Federal Argentina determine qué empresa presta el servicio de cerco eléctrico en la propiedad, con la finalidad de establecer una consigna digital dentro del sistema de monitoreo perimetral del predio.
A su vez, el magistrado solicitó a la Secretaría de Transporte de la Nación que informe si Pantano y Conte poseen tarjetas SUBE emitidas a su nombre y, en caso afirmativo, que se detallen los trayectos realizados durante los últimos 30 días. Esta medida busca complementar la reconstrucción de movimientos personales y patrones de desplazamiento.
En un paso clave del proceso, Aguinsky notificó formalmente a Pantano y Conte que, en base a las pruebas acumuladas hasta el momento, se encuentran habilitados a presentarse ante el juzgado para brindar explicaciones y ejercer su derecho de defensa. Para ello, se les concedió un plazo de cinco días a fin de coordinar una audiencia junto a sus respectivos abogados.
La resolución también hace especial hincapié en el incumplimiento de una orden previa dictada por el Juzgado Federal N°3, que el viernes pasado había dispuesto el embargo preventivo del inmueble de la calle Misiones 4097, así como de todos los vehículos y bienes muebles hallados en el lugar. Esa medida tenía como finalidad asegurar la custodia y conservación de los activos mientras avanzaba la investigación.
Asimismo, aquel tribunal federal había ordenado el levantamiento del secreto bancario, bursátil y fiscal respecto de Real Central SRL y de sus denominaciones anteriores, con el objetivo de que la Inspección General de Justicia y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero remitieran toda la información registral disponible. En su resolución, Aguinsky compartió esos criterios y ordenó librar los oficios correspondientes por medios digitales para dar cumplimiento a lo dispuesto.
El expediente también deja al descubierto un conflicto de competencia entre el fuero penal económico y el federal. El viernes, el camarista Leopoldo Bruglia, integrante de la Sala I de la Cámara, resolvió que, por el momento, no surgen "particularidades concretas de la maniobra investigada que permitan inferir la afectación de bienes jurídicos tutelados que habiliten la intervención" del fuero federal. Un argumento similar había sido esgrimido previamente por Rafecas al declararse incompetente.
En esta etapa inicial de la causa, la Cámara consideró que "exclusivamente se encontraría comprometido el orden económico y financiero", ámbito propio del fuero penal económico. No obstante, aclaró que el nuevo juez interviniente deberá analizar en adelante los aspectos vinculados a la competencia territorial, es decir, determinar en qué jurisdicción corresponde continuar la investigación.
Pese a ello, Aguinsky decidió postergar el tratamiento de esa cuestión jurisdiccional y priorizar la urgencia de las medidas de investigación. Según expresó en su resolución, "por aplicación de los principios procesales de oportunidad, mérito y conveniencia", difiere el análisis de la competencia para una instancia posterior, en atención al estado de las actuaciones y a la necesidad de avanzar de manera inmediata con las medidas ordenadas.

