Desde la vuelta de la democracia, una de cada cuatro normas fueron decretos de necesidad y urgencia (DNU).
Desde el año 1983 hasta el 31/12/2018 se dictaron 1.139 DNU. En ese mismo período, el Congreso de la Nación ha sancionado un total de 4.461 leyes. En consecuencia, la cantidad de decretos de necesidad y urgencia dictados entre esas fechas representa un 25,5% del total de las leyes sancionadas por el Congreso en el mismo período. Un DNU por cada 3,9 leyes. Aproximadamente un DNU cada 12 días.
Además, ¿puede el Congreso nacional omitir pronunciarse en relación a la validez de los decretos de rango legislativo que dicta el Presidente? La respuesta correcta, desde el punto de vista legal, sería no. Sin embargo, la respuesta fáctica es sí, de hecho, es lo que ha ocurrido con más del 80% de los decretos del Poder Ejecutivo desde que existe la ley 26.122 sobre el régimen legal de los decretos de necesidad y urgencia, de delegación legislativa y de promulgación parcial de leyes.
Un estudio realizado por un grupo de profesores de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral, integrado por Alfonso Santiago (h), Enrique Veramendi, Santiago M. Castro Videla y Patricio D’Acunti revela que solo 46 decretos de 275 tuvieron una declaración de validez de ambas cámaras, que es lo que establece la ley mencionada vigente desde 2006, cuando empezó a funcionar la Comisión bicameral Permanente, establecida por la misma ley y creada por la Constitucional Nacional, a partir de la reforma de 1994.
Alfonso Santiago, uno de los autores del informe y director de la Escuela de Gobierno de la Universidad Austral, manifestó: “Entendemos que el estudio que hemos realizado deja en evidencia un balance poco auspicioso acerca del diseño y aplicación de la ley 26.122, particularmente en relación con la actuación de la Comisión Bicameral Permanente y de las propias cámaras del Congreso, que han cumplido de manera deficiente el rol que en materia de control legislativo les ha atribuido la Constitución Nacional”.
Además, Alfonso Santiago agregó que “ello es así, si se tiene en cuenta que del total de decretos sometidos al control del Congreso con la previa intervención de la Comisión Bicameral en su mayoría fueron de necesidad y urgencia, que mantuvieron su vigencia pese a no haber obtenido un pronunciamiento expreso de ambas cámaras del Congreso sobre su validez”.
Principales datos
La Comisión Bicameral Permanente tiene la función de expedirse acerca de la validez o invalidez de los decretos y la elaboración de dictámenes, correspondiendo al pleno de cada una de las cámaras del Congreso la adopción de las decisiones finales respecto a la aprobación o rechazo de los decretos del Poder Ejecutivo.
Sin embargo, el 100% de los 275 decretos de 2006 a 2018 tuvieron vigencia a pesar de que únicamente 46 tuvieron una declaración de validez de ambas cámaras. Ningún decreto fue rechazado, tan solo 4 tuvieron la declaración de rechazo de una sola cámara, lo cual no impidió la aplicación del decreto por no ser rechazado por las dos cámaras.
En cuanto al tiempo de demora, las Cámaras tienen la obligación constitucional y legal de dar “inmediato” y “expreso” tratamiento al decreto una vez remitido el dictamen de la Comisión Bicameral. A pesar de eso, el promedio de tiempo transcurrido entre la emisión del dictamen de la comisión y el dictado de las resoluciones de validez fue de nueve meses. Y, peor aún, se detectaron casos en los cuales el dictado de la resolución de una de las Cámaras se demoró más de cuatro años.
De oficialismos y oposiciones
La integración y actividad de la Comisión estuvieron fuertemente condicionados por los distintos escenarios políticos que se fueron sucediendo a lo largo de ese período, particularmente con los cambios de mayorías y minorías que se producen cada dos años en la composición de las Cámaras, como consecuencia de los resultados electorales. En este sentido, es bien distinta la actuación de la Comisión Bicameral Permanente cuando el oficialismo tenía mayoría en ambas Cámaras (2006-2009 y 2011-2015), a cuando hubo una real paridad de fuerzas (2009-2011) o cuando el oficialismo ha sido minoría en ambas Cámaras (2015-2018).
El informe permite observar que en los años en que el oficialismo tuvo mayoría en las Cámaras del Congreso (2006-2009 y 2011-2015) la tendencia fue utilizar en mayor medida los decretos de necesidad y urgencia, lo que contrasta con el escaso recurso por el Poder Ejecutivo al dictado de decretos delegados en esos períodos.
En cambio, en los años en que existió paridad en la representación de las fuerzas políticas en el Congreso, se observa una tendencia al incremento por parte del Poder Ejecutivo en la emisión de decretos delegados y una reducción en el dictado de decretos de necesidad y urgencia (2009-2011, con un pico en el año 2010, donde la cantidad de decretos delegados representa más de un 300% de la cantidad de decretos de necesidad y urgencia dictados ese año).
En sentido, Alfonso Santiago destaca que: “Estas tendencias podrían explicarse en que, ante un contexto de carencia de mayorías del oficialismo en las Cámaras del Congreso, parece más probable obtener la aprobación por la Comisión y las Cámaras de un decreto delegado que de un decreto de necesidad y urgencia, cuyos requisitos de validez teóricamente están sujetos a un escrutinio más estricto”.
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