Domingo 19 de Mayo de 2024

Qué requisitos pide el Municipio para autorizar caminatas en los countries

Las administraciones de los barrios cerrados deberán hacer el pedido formalmente. Deberán establecer un plan para la circulación interna en las urbanizaciones.


  • Lunes 11 de Mayo de 2020
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Las administraciones de los barrios cerrados deberán hacer el pedido formalmente. Deberán establecer un plan para la circulación interna en las urbanizaciones.

El Municipio a través de un decreto estableció algunas normativas para autorizar a los vecinos de countries, barrios cerrados y condominios a circular internamente por dichos emprendimientos.

Para ello se creará un registro de evaluación, regulación, administración y permisos para la circulación interna. Las administraciones y o consorcios de los emprendimientos deberán enviar un mail a municipalidaddelpilar@pilar.gov.ar con el asunto “Solicitud de autorización para la circulación interna de habitantes” y acreditar el cumplimiento de varios requisitos, entre ellos describir un protocolo o plan para llevar a cabo la circulación interna de sus habitantes por las calles de las urbanizaciones, debiendo indicar las características del barrio (superficie, cantidad de lotes, cantidad de habitantes).

El Municipio evaluará y aprobará los permisos “dejando expresa constancia de que ello no implica en ningún caso la autorización de prácticas de deportes aeróbicos, reunión de vecinos, utilización de espacios comunes, gimnasios, piscinas, canchas de golf, tenis, ciclismo, ni la práctica de ninguna otra actividad en las calles o espacios comunes”.

Las autorizaciones son solo para caminar, respetando la distancia interpersonal de 2 metros como mínimo. Tampoco se permitirá la reunión de vecinos en espacios comunes, extendiéndose la autorización al solo efecto de circular por las calles internas y luego volver al cumplimiento de la medida de aislamiento social y preventivo en sus respectivos hogares.

Asimismo, los consorcios de las urbanizaciones deberán exigir, sin excepción y en todo momento, a los habitantes que circulen por las calles internas, el uso de tapaboca durante todo el tiempo que se encuentren fuera de sus viviendas. Desde la Comuna remarcaron que la presentación del pedido de autorización implica que el emprendimiento privado acepta expresamente que la Municipalidad se encuentra facultada para concurrir e ingresar a los mismos a fin de verificar el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas, mientras el incumplimiento de las obligaciones asumidas y/o el incumplimiento de la normativa municipal, provincial o nacional facultará a la Municipalidad a dejar sin efecto la autorización otorgada.

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